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viernes, 04 de julio de 2008
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Overbooking en compañias aéreas
Las empresas de aviación, desde hace muchos años, han tenido el problema de que un importante porcentaje de pasajeros no utilizan las reservas realizadas. Esto, les ocasiona una pérdida de dinero imposible de soportar, dado que a la hora de cerrar las puertas del avión para iniciar el vuelo se encuentran con una impotante cantidad de asientos vacíos.Para paliar esta situación, las empresas han tomado como conducta el over booking o sobreventa del avión y tienen sus sistemas informáticos preparados para ello. Por supuesto, un día se produce el caso de que todos los pasajeros se presentan. Este hecho genera la denegación de embarque para algunos pasajeros.
Vuelo con overbooking o sobreventa: Es un término que se aplica a cualquier vuelo regular, en la Unión Europea, cuando se produce la presentación de todos los pasajeros con reserva confirmada, con pasaje pago y presentados en el despacho de tráfico o facturación con la anticipación adecuada, superando por lo tanto la capacidad del avión asignado para ese vuelo.Si Ud se ve afectado por esta situación, ya sea en una empresa aerea española o extranjera, la empresa, de acuerdo a lo establecido en el reglamento N° 295/91 del Consejo de la Unión Europea que contempla las normas comunes relativas a las compensaciones por denegación de embarque en el transporte aéreo, Ud tendrá derecho a elegir y la empresa transportadora la obligación de ofrecerle las siguientes alternativas:
a) El reembolso, sin penalización hacia Ud, del precio del billete correspondiente a la parte no efectuada del viaje.
b) La conducción, lo más rápida que sea posible, hasta su destino final.
c) La conducción en una fecha posterior que convenga al pasajero.
Independientemente de lo que Ud. elija del párrafo anterior, la empresa aérea deberá pagar inmediatamente a la negativa o denegación de embarque en el transporte aéreo regular una compensación mínima en función del destino final fijado en el pasaje o billete, igual a: 150 Euros para vuelos de hasta 3500 km o, 300 Euros para vuelos de mas de 3500 km.
No obstante cuando el transportista ofrezca la conducción hasta el destino final, en otro vuelo, con una diferencia no mayor de dos horas en la hora de arribo para los vuelos de 3500 km y cuatro horas en los demas de 3500 km, las compensaciones previstas en el párrafo anterior se podrán reducir en un 50%.
El importe de las compensaciones podrá limitarse al precio del billete coresspondiente al destino final
Además de las compensaciones mínimas indicadas, la empresa aérea ofrecerá gratuitamente a los pasajeros a los que se les niegue el embarque:
a) Los gastos de una llamada telefónica y/o un mensaje por teletipo o fax al punto de destino.
b) Comida y bebida suficientes en función del tiempo que sea necesario esperar.
c) El alojamiento en un hotel en el caso de necesidad de pernocte por una o mas noches.
Si el transportista aéreo ofreciera al pasajero al que se le ha negado el embarque, un vuelo a otro aeropuerto distinto, pero cercano al aeropuerto de destino reservado por el pasajero, se hará cargo de los gastos de desplazamiento que esto produzca, tambien si ofrece salir desde un aeropuerto distinto al previsto originalmente.
La empresa aérea deberá proporcionar a los pasajeros afectados por la denegación de embarque un impreso en el que se detallan las normas de compensación establecidas por denegación de embarque.
Asimismo en el Reglamento se especifica que el pasajero además de las compensaciones,tendrá derecho a la presentación de recursos legales ante los organismos competentes a fin de obtener indemnizaciones adicionales.
Este artículo ha sido escrito por:
Victor Giannini
Asesor Aeronáutico

Denegacion
de embarque
Denegación de embarque: Es el hecho de negarle asiento o plaza en un vuelo a un pasajero aunque este tenga su reserva confirmada y se presente en el mostrador de tráfico o facturación con la anticipación estipulada para la salida del vuelo.
Billete
ticket, pasaje o boleto
Billete, ticket, pasaje o boleto: Es el documento adquirido por el pasajero, equivalente a un contrato entre el y la empresa, para el viaje que el pasajero desea hacer, puede ser en papel o por emisión electrónica, vendido oportunamente por la empresa aerea o su agente de viajes autorizado.
Reserva
confirmada
Reserva confirmada: El pasajero tiene un pasaje o billete que especifica número, fecha y hora del vuelo y un "OK" en la casilla correspondiente. En el caso de un documento de transporte equivalente a un pasaje o billete, indica que la reserva está registrada y confirmada.

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